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Solicitud de Títulos

 TÍTULOS

     Para solicitar un Título debes ….                                                      
  • Cumplir los requisitos académicos.
  • DESCARGAR AQUÍ el impreso de SOLICITUD DEL TÍTULO Y AUTOLIQUIDACIÓN DE TASAS
  • Leer bien el impreso y rellenar  todos los apartados.
  • Antes de imprimirlo comprueba en la "vista previa" que la impresión se realiza correctamente en 3 páginas, de lo contrario, tendrás que configurarlo en "vista previa de salto de página" para que imprima el documento sólo en 3 páginas.
  • Imprimir las  tres páginas (una para el alumno, otra para el Centro y la tercera,  para le entidad financiera), no olvidándote de firmarlas todas.
  • Pasar por la Secretaría para comprobar estos impresos antes de ir al Banco a pagar las tasas.
  • Devolver a la Secretaria el impreso sellado por el Banco.
  • El/La funcionario/a te entregará un certificado acreditativo de cumplir los requisitos para la expedición del correspondiente título que tendrá los mismos efectos académicos y laborales que el título solicitado.

                           Acompaña:

                       - copia del DNI

                       - copia del LIBRO DE FAMILIA NUMEROSA, si procede.
 
 
  NOTA:  Según la Ley 2/2017 (BOCYL de 6 de julio de 2017)  de Medidas Tributarias y Administrativas “En materias de tasas por expedición de títulos y certificaciones académicas y por la realización de pruebas en el ámbito de las enseñanzas no universitarias, se elimina el requisito de la capacidad económica de la unidad familiar para la aplicación de las exenciones y bonificaciones en el supuesto de las familias numerosas". 
 

Título de Bachiller (todas las modalidades): 52,95 €                         (Familia Numerosa: 26,48 €)

Título de Técnico de Formación Profesional:  21,65 €                        (Familia Numerosa: 10,83 €)

Título de Técnico Superior de Formación Profesional: 52,95 €             (Familia Numerosa: 26,48 €)

Expedición de duplicados: 7,65 €                                                    (Familia Numerosa: 3,83 €)

 

      BONIFICACIONES Y EXENCIONES:

   El Artículo 139 de la Ley Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, establece: 

 

  1. Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos pertenecientes a familias numerosas de categoría especial, gozando de una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota los sujetos pasivos pertenecientes a familias numerosas de categoría general.
  2. Están exentos del pago de esta tasa los sujetos pasivos que presenten una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento y las personas que han sufrido daños físicos y/o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, así como el cónyuge y los hijos de aquéllos que hayan fallecido en acto terrorista o que han sufrido daños físicos y/o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista.

 

 

¿CÓMO PUEDO RECOGER EL TÍTULO?
 
En caso de no poder recoger el título personalmente, puedes autorizar a otra persona presentando en la Secretaría la siguiente AUTORIZACIÓN acompañada de la documentación que se indica.
 
          
 
 
           
 
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